Presidente
Josefina López Ángulo
Avon
Jefe de Compras e Importaciones
10 años
Vicepresidente
Eileen Barrantes Otarola
Avon
Capacitadora
3 años
Tesorero
Paula Gutiérrez Jiménez
Avon
Encargada de Planillas
7 años
Secretaria
Karina Salguera Pichardo
Avon
Recepcionista
16 años
Vocal 1
Silvia Sibaja López
AVON
Gerente de Zona
3 años
Vocal 2
Clara Hernández Alvarado
AVON
Gerente de Zona
18 años
Vocal 3
Diandra Alvarado Segura
PROPERTY
Asistente Administrativa
8 años
Fiscal
Ronny Mora Arias
AVON
Arquitecto Software
4 años
Fiscal
Marco Martinez
PROPERTY
Analista de Construcción
1 año
CONOCE LAS FUNCIONES DE CADA UNO DE LOS PUESTOS DE
JUNTA DIRECTIVA:
FUNCIONES DE PRESIDENCIA
La presidencia aparte de las obligaciones y derechos que como director tiene, le corresponde las siguientes:
1. La representación judicial y extraordinaria de la Asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. En caso de ausencia temporal o definitiva será sustituido por el Vicepresidente, con sus mismas atribuciones y limitaciones, salvo que la Asamblea resuelva diferente.
2. Dirigirá los debates de las sesiones, procurará conservar la ecuanimidad en las discusiones y dará la más amplia libertad a los presentes sin hacer presión alguna sobre ellos, a cuyo fin será el último que emita su voto sobre cualquier asunto en discusión. Llamará al orden por dos veces al asociado o director que se separe del punto de discusión o que use términos inconvenientes u ofensivos en el debate o prolongue su discurso de manera indebida y si no obedeciese, podrá suspenderle el uso de la palabra.
3. Elaborar la agenda de reunión ordinaria y extraordinaria de Junta Directiva, así como de las Asambleas Generales.
4. Firmará con la secretaría las Actas de Asambleas Generales y de la Junta Directiva.
5. Convocará a sesión extraordinaria de la Junta Directiva cada vez que lo crea necesario.
6. En caso de imposibilidad de asistir a cualquier reunión lo comunicará al Vicepresidente o en su defecto a un vocal para que lo sustituya.
FUNCIONES DE VICEPRESIDENCIA
1. La vicepresidencia, aparte de sus obligaciones y derechos que como director le corresponde.
2. Tendrá las mismas obligaciones y derechos que el presidente cuando este sustituyéndolo
FUNCIONES DE TESORERIA
La tesorería, aparte de las obligaciones que como director tiene, es el custodio de los fondos de la Asociación y le corresponde las siguientes funciones:
1. Rendir a la Junta Directiva un informe mensual del ejercicio propio de su cargo.
2. Rendir un informe anual a la Asamblea, el cual comprenderá todo el movimiento fiscal anual de la Tesorería. Este informe hará todas las observaciones que estimare en relación con la situación económica de la Asociación.
3. Firmar conjuntamente con el Presidente o Vicepresidente todos los cheques que se giren contra la cuenta corriente de la Asociación.
4. Otras funciones propias del cargo.
FUNCIONES DE SECRETARÍA
La Secretaría, además de sus obligaciones, como director, le corresponde lo siguiente:
1. Firmar con el Presidente las actas de Asambleas Generales y las Actas Ordinarias, la correspondencia, informes a los asociados, hacer el cómputo de los votos si fuera necesario, en las sesiones de Junta Directiva.
2. Mantener al día los siguientes libros: Libro de Actas de Junta Directiva, Asambleas y Registro Socios. En caso de ausencia temporal lo sustituirá un vocal en las mismas obligaciones y atribuciones.
FUNCIONES DE LOS VOCALES
Es función de los vocales
1. Asistir a las sesiones de Junta Directiva y a las Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias que se convoquen legalmente.
2. Sustituir en forma temporal las ausencias definitivas del Vicepresidente, Secretario y Tesorero.
3. Conocer a fondo los Estatutos y Reglamentos de la Asociación y velar por su fiel cumplimiento.
4. Integrar las comisiones de trabajo que sean necesarias, así como rendir un informe sobre la labor de dichas comisiones, en los plazos que para cada caso le señale la Junta Directiva.
5. Otras labores propias de su cargo.
FUNCIONES DE FISCALIA
La vigilancia de la Asociación estará a cargo de un Órgano Fiscalizador, compuesto por un fiscal y un Suplente Fiscal, Asociados o no, quienes tendrán las atribuciones indicadas en el artículo ciento noventa y siete del Código de Comercio.
La fiscalía durará en su cargo por periodos Administrativos de un año
Corresponde a la fiscalía:
1. Ejercer la inspección y vigilancia de todas las actividades de la Asociación.
2. Deberá inspeccionar todos los estados, balances y liquidaciones que presenta el Tesorero y tendrá amplia libertad para contrastes y comprobaciones de cuentas, arqueos de caja y cuantas revisiones estime necesarias.
3. Inspecciones que considere pertinentes a la Secretaría
4. Informará a la Junta Directiva acerca de cualquier irregularidad que notare.
5. Pedirá al Presidente que convoque a Junta Directiva, para que esta a su vez convoque a una Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, pero si el Presidente se negare, él directamente convocará a la Junta Directiva, y si hubiere negativa de ésta última, convocará a la Asamblea directamente. Si el acusado fuere el Presidente, la convocatoria la hará directamente el Fiscal.
6. Otras funciones propias de su cargo. El cargo de Fiscal Propietario y Suplente Fiscal es incompatible con cualquier otro de la Asociación. El Órgano Fiscal deberá rendir un informe anual ante la Asamblea General Ordinaria.
7. Corresponde al Fiscal Suplente colaborar con el Fiscal Propietario en las funciones propias de órgano al que pertenece y sustituir al titular cuando éste se lo indique, o bien cuando por alguna razón justifique el Fiscal Titular no poder atender un asunto propio de su función.